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sábado, 4 de junio de 2016

La eutanasia no puede justificarse moralmente en el principio de autodeterminación, dice un experto

Danilo Castellano, filósofo católico de la política y del derecho


La eutanasia no puede justificarse moralmente en el principio de autodeterminación, dice un experto
La autodeterminación del individuo es un mal principio moral...
y en muchos casos, además, papel mojado.
Carmelo López Arias, ReL
Italia acaba de aprobar una ley de uniones civiles -incluidas las del mismo sexo- sobre la base de un principio similar al que sirvió para aprobar en Holanda la eutanasia o en Suiza el suicidio asistido: el 
derecho del individuo a su propia autodeterminación.


Uno de los grandes críticos europeos contra ese principio es el profesor Danilo Castellano, quien ha sido cuarenta años catedrático de Filosofía de la Política, del Derecho y de la Moral en la Universidad de Udine (Italia) y dos décadas director del Instituto Internacional de Estudios Europeos Antonio Rosimi.



Danilo Castellano mantiene una intensa vinculación con España. Es miembro de las Reales Academias de Ciencias Morales y Políticas (2000) y de Jurisprudencia y Legislación (2010) y director del Centro de Estudios Políticos del Consejo de Estudios Hispánicos Felipe II.



Recientemente estuvo en España para participar en la LII Reunión de Amigos de la Ciudad Católica. En su visión de las cosas, hay que remontarse a los orígenes ideológicos de ese principio para darle una respuesta estructurada.



-¿Cuál es el fundamento filosófico de la eutanasia?
-La eutanasia carece de fundamentos filosóficos; tiene, por el contrario, un -presunto- fundamento ideológico.



-¿Qué diferencia hay?
-Quienes sostienen su legitimidad moral y su -presunta- naturaleza jurídica basan sus afirmaciones y sus exigencias sobre una opción sin pruebas, que no consigue ir más allá de sí misma y, por tanto, está “cerrada” tanto a la verdad como a la juridicidad.



-¿Cuál es esa opción sin pruebas?
-Fundamentan sus exigencias sobre el llamado “principio” de autodeterminación. El sujeto, dicen, tendría derecho a una autodeterminación absoluta, esto es, a la realización de cualquier proyecto personal sin someterse a la valoración o a la voluntad de nadie más.



-¿Cómo se traduce en leyes?
-Es, por ejemplo, la ratio que fundamenta el llamado derecho subjetivo al suicidio asistido del ordenamiento jurídico de los Países Bajos y es la ratio sobre cuya base, en Italia, el Gobierno basó recientemente el reconocimiento jurídico positivo de las llamadas uniones civiles.
-¿De dónde procede esta ideología?
-La pretensión de justificar teóricamente esa ratio se concreta en la doctrina erróneamente liberal de [John] Locke [1632-1704]. En nuestro tiempo incluso la citan católicos relevantes en su intento de justificar la existencia de derechos fundamentales e inalienables.



-¿Por qué dice "erróneamente"?
-Locke sostenía que el estado de verdadera libertad es aquel en el que cada cual puede regular sus propias acciones y disponer de sus propias cosas y de su propia persona como mejor le plazca, sin pedir permiso ni depender de la voluntad de nadie más, ni siquiera de la voluntad de Dios.
-¿Y no sería ése un principo válido, si no en el plano moral, al menos en el ámbito legal?
-El llamado “principio” de autodeterminación absoluta no es válido porque postula una libertad “negativa”, que sería la que se ejerce con el único criterio de la libertad, es decir, con ningún criterio. Se identifica, erróneamente, al ser humano solo con su voluntad: una voluntad no guiada por la racionalidad, que es lo que caracteriza al ser humano, y ni siquiera por el instinto, que es el que guía a los animales de forma determinista. El hombre se negaría a sí mismo y se reduciría a un animal inferior a los animales.



Danilo Castellano fundó en 1972 la revista de pensamiento Instaurare omnia in Christo, nombre en honor al lema de San Pío X de "instaurarlo todo en Cristo".



-¿Por qué esa libertad absoluta implica para el hombre negarse a sí mismo?
-Porque el hombre no tiene poder para cambiar su esencia. Puede desear, por ejemplo, ser Dios o ser un caballo. Pero su deseo jamás se realizará: está “condenado” a seguir siendo lo que es, esto es, a ser un ser humano. No puede disponer de su naturaleza ni de su vida, que quedan fuera de la esfera de la propiedad entendida, según hacían los iluministas, como el derecho a gozar y disponer de ella a voluntad.
-¿Qué papel juega Dios en esta polémica?
-Dios es el Creador de todas las cosas, visibles e invisibles. Es el autor del orden natural, que puede -y debe- ser “leído” por la inteligencia humana. No se debe ir contra ese orden, que no depende de las decisiones humanas. Ese orden es un “dato” ontológico (no sociológico) y válido tanto para creyentes como para ateos. Por tanto, la eutanasia jamás puede legitimarse, ni moral ni jurídicamente.
-Ésa es la afirmación católica, pero...
-Entre incertidumbres y oscilaciones, esto lo comprendieron también los clásicos y sustancialmente lo afirmaron, como creo haber demostrado aquí. [Castellano tiene en sus manos el último número de la revista Verbo, que edita la Fundación Speiro, en cuyo especial sobre la eutanasis se incluye su artículo "El problema moral y jurídico de la eutanasia", traducción de su contribución al volumen Eutanasia: un diritto? [La eutanasia, ¿un derecho?], publicado el pasado años por Edizioni Scientifiche Italiane].
-¿Hay una gran diferencia moral entre la eutanasia y el suicidio asistido?
-En mi opinión, tienen una matriz ideológica común y representan la aplicación coherente de la doctrina del personalismo contemporáneo, que es una forma radical del individualismo.
-Pero el personalismo suele presentarse como antítesis del individualismo...
-La afirmación puede sorprender. Sin embargo, el personalismo contemporáneo no solo reivindica el derecho del individuo a la “libertad negativa”, sino que sostiene que la realización de esa libertad debe ser garantizada por el ordenamiento jurídico y recibir ayuda de la colectividad. En Italia, por ejemplo, en los años 90 se estableció como norma el “derecho a la pornografía" garantizado por el Estado. ¡No se trata de un error! El gobierno italiano de aquella época se comprometió a llevar a cabo la doctrina del personalismo contemporáneo que hace suya la Constitución de la República.
-Si pasamos de la moral al Derecho... ¿por qué no deben ser legales la eutanasia y el suicidio asistido? 
-Ante todo, porque el ordenamiento jurídico positivo no puede ser, y jamás es, “neutral”. Entre el orden ético y el jurídico hay que hacer distinciones, pero jamás deben separarse. La esfera moral es más amplia que la jurídica, pero al ser esta última la esfera por excelencia de la justicia, no puede exigir neutralidad. En otras palabras: el derecho consiste en la determinación de lo justo, no en la posibilidad de crearlo o constituirlo.
-Sin embargo, usted sostiene que los juristas no son los llamados a resolver la cuestión...
-No, no le corresponde a los juristas resolver la cuestión. A los juristas, a los auténticos juristas, les corresponde un juicio sobre la legitimidad de la eutanasia. Y en esto el jurista no se contenta con considerar el problema de su legalidad. Pero generalmente los juristas no afrontan el problema del fundamento y, por consiguiente, de la naturaleza del “derecho” a la eutanasia. Se contentan con la norma positiva. No van más allá.
-Y sin embargo, los políticos aún no dan generalizadamente el paso de legalizarla...
-En general, los poderes públicos contemporáneos renuncian a ser autoridad, es decir, a ser poderes que ayuden a los hombres a crecer según su fin intrínseco. Actualmente creen encontrar su legitimidad en el consenso, entendido como la adhesión sin argumentos a un proyecto cualquiera. Por tanto, están dispuestos a aprobar cualquier ley. Para ellos, lo que cuenta es conseguir el consenso. En el fondo, más que gobernar, son gobernados.



-Pero ¿qué les detiene, al menos por ahora?
En el contexto que he descrito, tal vez encuentran aún algunos límites sociológicos para legalizar la eutanasia. Para ellos no es una cuestión de principio; al contrario, es una cuestión de hecho, cuya solución depende de convicciones que pueden estar extendidas, pero no argumentadas.

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