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viernes, 29 de septiembre de 2023

La doctrina de la Iglesia y la mujer


Fra Angelico, 'La Resurrección de Jesús y las mujeres en la tumba'. Fueron ellas
 las primeras testigos de la Resurrección, una preeminencia que ya anunciaba 
el papel que la mujer iba a adquirir en el cristianismo.

“La dignidad de la mujer y su vocación, objeto constante de la reflexión 
humana y cristiana, ha asumido en estos últimos años una importancia
muy particular” (carta apostólica de 
San Juan Pablo II Mulieris dignitatem, 1).

“‘Creó pues Dios al ser humano a imagen suya, a imagen de Dios le creó,
 macho y hembra los creó (Gén 1, 27)’. Este conciso fragmento contiene
 las verdades antropológicas fundamentales: el ser humano es el 
ápice de
 todo lo creado en el mundo visible
, y el género humano, que tiene su
origen en la llamada a la existencia del hombre y de la mujer, corona todo
 la obra de la creación; ambos son seres humanos en el mismo grado, tanto
 el hombre como la mujer; 
ambos fueron creados a imagen de Dios”
(
Mulieris dignitatem, 6).

“Es algo universalmente admitido -incluso por parte de quienes se ponen en
actitud crítica ante el mensaje cristiano- que 
Cristo fue ante sus
contemporáneos el promotor de la verdadera dignidad de la mujer y de la
vocación correspondiente a esta dignidad” (
Mulieris dignitatem, 12).

Pero los textos fundamentales del Nuevo Testamento son Gál 3, 28:
“Ya no hay judío ni griego; ni esclavo ni libre; 
ni hombre ni mujer; ya
que todos vosotros sois uno en Cristo Jesús”; junto con la afirmación de
1 Pe 3, 7: “
Coherederas que son también de la gracia de la vida”.

A lo largo de los siglos hay una cantidad inmensa de textos doctrinales
y legislativos defendiendo la
 dignidad y vocación de la mujer. En la 
Iglesia primitiva
 las mujeres gozaban de un estatus más elevado del
que disponían en el 
mundo grecorromano en general, lo que contribuyó
 a que fueran las 
grandes promotoras del cristianismo.

Ya el Decreto de Graciano (año 1140) consideró requisito indispensable la
capacidad de elegir libremente la propia pareja, y esta exigencia gozó en
adelante del favor de la legislación eclesiástica, hecho tanto más
notable cuantoque 
ni el derecho romano ni el germánico 
consideraban esencial el 
libre consentimiento para la
constitución del matrimonio
, siendo por tanto
el cristianismo, y muy especialmente el 
catolicismo, el promotor
de los primeros derechos fundamentales de la mujer.

Desde Graciano, Papas y concilios han insistido en la absoluta necesidad
de su consentimiento para el matrimonio y en su libertad para abrazar estado.
 En tiempos más recientes nos dice la 
Pacem in Terris de San Juan XXIII:
“Los seres humanos tienen el derecho a la libertad en la elección del propio
estado y, por consiguiente, a crear una familia con paridad de derechos y de
deberes entre el hombre y la mujer, o también a seguir la vocación al sacerdocio
o a la vida religiosa” (15); “En la mujer se hace cada vez más clara y operante
 la conciencia de su propia dignidad. Sabe ella que no puede consentir en ser
considerada y tratada como un instrumento; exige ser considerada como persona,
 en paridad de derechos y obligaciones con el hombre, tanto en el ámbito de
la vida doméstica como en el de la vida pública” (41).

En el Concilio, la Lumen Gentium y la Gaudium et Spes recogen en diversos
lugares la 
dignidad igual de los seres humanos y las aspiraciones y
derechos fundamentales de la mujer, rechazando expresamente toda
forma dediscriminación que se base en el sexo (ver 
Lumen Gentium 32
Gaudium et Spes 9, 29, 52 y 60), así como, ya en tiempos de Juan Pablo II,
 el 
Código de Derecho Canónico (canon 208) y el Catecismo de
la Iglesia Católica
 (2335).

San Juan Pablo II insiste en la igualdad y en la complementariedad:
“La igual dignidad de todos los miembros de la Iglesia es obra del Espíritu,
está fundada en el Bautismo y la Confirmación y corroborada por la
Eucaristía. Sin embargo también es obra del Espíritu la variedad de formas”
 (exhortación 
Vita consacrata, 31). “Femineidad y masculinidad son entre
 sí 
complementarias, no sólo desde el punto de vista físico y psíquico, sino
 
ontológico. Sólo gracias a la dualidad de lo 'masculino' y de lo 'femenino',
lo 'humano' se realiza plenamente” (
Mulieris dignitatem, 7). El hombre y
la mujer “son a la vez iguales en cuanto personas y 
complementarios en
 cuanto masculino y femenino” (
Catecismo de la Iglesia Católica, 372).

Consecuencia de esta complementariedad debe ser la colaboración activa
entre el hombre y la mujer y el que la realización personal no se consigue
buscando la propia autonomía e independencia, sino en los matrimonios
en la 
entrega mutua, en el avanzar juntos y en todo caso en la apertura,
generosidad y 
donación hacia los demás. Para Benedicto XVI, en su
discurso inaugural de Aparecidam “el cristianismo reconoce y proclama
la 
igual dignidad y responsabilidad de la mujer respecto al hombre”.

En el campo moral, no es admisible que la moralidad femenina tenga
 que ser 
más estricta que la masculina. La igualdad de deberes y derechos
de ambos sexos es indiscutible: lo que está bien para uno, también lo está
para el otro, y viceversa.

En la vida apostólica de la Iglesia, las mujeres son auténticas protagonistas.
Como me decía un misionero: “Si conviertes a un varón, conviertes a uno,
si conviertes a una mujer, conviertes a una familia”. Incluso desde el punto
de vista numérico, las religiosas consagradas son
 tres veces
más numerosas que los hombres
. La identidad de la Iglesia se caracteriza
 también por su dimensión femenina: la Iglesia es la 
esposa de Cristo.

 En la actualidad, la Iglesia está cada vez más comprometida en la defensa
de los derechos humanos y de la justicia social, y, por tanto, en la defensa de
los derechos de la mujer, por lo que creo podemos honradamente decir que
en lo verdaderamente esencial, la mujer ha encontrado en la Iglesia una defensora
de su dignidad fundamental, 
especialmente en los países de misión.

 

 Pedro Trevijano, ReL

 "nuevo feminismo"








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