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miércoles, 15 de julio de 2026

La silenciosa rectificación de León XIV: la sinodalidad vuelve a su lugar

La sinodalidad ya no estructura el gobierno, simplemente orienta el modo de ejercerlo.

"No se procede a la convocatoria de un nuevo Sínodo, optándose en su lugar por un proceso de consolidación del camino ya recorrido".

La publicación, el pasado 30 de junio, del Motu Proprio Confirma Fratres Tuos, mediante el cual el Papa León XIV modifica la Constitución Apostólica In Ecclesiarum Communione, promulgada por el Papa Francisco en 2023 para regular el gobierno del Vicariato de Roma, ha pasado casi inadvertida. Y, sin embargo, puede constituir una de las decisiones de mayor alcance eclesiológico de este comienzo de pontificado. 

La novedad del texto explica que todavía no hayan aparecido análisis doctrinales de cierta profundidad. Quizá también influya que la atención de muchos esté hoy centrada en las tensiones con la Fraternidad Sacerdotal San Pío X.

León XIV conserva el lenguaje de Francisco y continúa hablando de sinodalidad, escucha, participación, corresponsabilidad y comunión. A simple vista parecería que nada esencial ha cambiado. Sin embargo, el Derecho no se interpreta sólo por las palabras, sino por las competencias que atribuye. Dos textos pueden utilizar el mismo vocabulario y responder, al mismo tiempo, a concepciones muy distintas del gobierno. El verdadero alcance de una norma se descubre en la distribución de las responsabilidades y en la identificación de quien debe ejercer la autoridad.

La decisión corresponde al pastor

Durante el pontificado del Papa Francisco, la sinodalidad ocupó un lugar central en la vida de la Iglesia y pasó a inspirar también la organización del gobierno eclesial. Los órganos de consulta fueron concebidos para desempeñar un papel mucho más relevante en el discernimiento previo a las decisiones. León XIV no rechaza esa herencia. Mantiene esos órganos y conserva el mismo lenguaje. Pero introduce una modificación decisiva: devuelve con claridad la responsabilidad del gobierno a quien ha recibido de la Iglesia la misión de gobernar. La consulta, la escucha y el discernimiento permanecen, pero la decisión corresponde, sin ambigüedad, al pastor.

Ésta es la clave de la reforma. León XIV reafirma el valor de los órganos consultivos, pero recuerda que una consulta, por amplia que sea, nunca sustituye la responsabilidad personal del pastor. 

Escuchar no significa compartir la potestad de gobierno. Éste ha sido siempre un principio fundamental de la tradición canónica: los consejos ayudan pero no gobiernan y el discernimiento ilumina la decisión pero no reemplaza la autoridad.

La sinodalidad no estructura el gobierno

A mi juicio, ahí reside la verdadera novedad. León XIV no abandona la sinodalidad ni reduce su importancia pastoral. Pero una cosa es conservar el lenguaje y otra mantener intacto el mismo modelo jurídico. La devuelve en mi opinión al lugar que tradicionalmente ha ocupado en la vida de la Iglesia: deja de presentarla como el principio organizador del gobierno y la sitúa nuevamente como el modo propio de ejercer la autoridad dentro de la comunión jerárquica. La sinodalidad ya no estructura el gobierno, simplemente orienta el modo de ejercerlo.

Si esta orientación se confirma en futuras reformas, esta modificación del Vicariato de Roma podría ser recordada como el primer gran giro eclesiológico del pontificado de León XIV. Un giro realizado sin desautorizar a su predecesor, sin alterar apenas el vocabulario y con extraordinaria discreción. Porque las reformas más profundas no siempre cambian las palabras; cambian el significado jurídico que éstas adquieren. La importancia de esta rectificación irá apreciándose progresivamente y, muy probablemente, tendrá consecuencias relevantes para la comprensión y el ejercicio del gobierno de la Iglesia.

Antonio Torres, ReL

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